MENU
EGM.
septiembre 2016 /
Publicación semestral. ISSN:1988-3927. Número 19, septiembre 2016.

Los derechos de los trabajadores en el franquismo

RUIZ RESA, Josefa Dolores, Los derechos de los trabajadores en el franquismo. Madrid: Dykinson. 2015, pp. 572.
Helena Nadal Sánchez

Helena Nadal Sánchez

 

Resulta sorprendente el vacío que existe en nuestra Historiografía del Derecho en relación a las obras dedicadas al estudio de los derechos de los trabajadores en el franquismo. La cuestión de la regulación laboral durante el Régimen no había sido tratada con anterioridad en una monografía crítica de índole jurídica y mucho menos en línea similar a la de Josefa Dolores Ruiz Resa. Hasta ahora el acercamiento a esa realidad hubo de hacerse bien a través de la consulta de fuentes documentales de la época, bien a través de las explicaciones ofrecidas por los manuales sobre Derecho del Trabajo, bien a través de artículos historiográficos relativos al franquismo que han atendido a la cuestión jurídica del Fuero del Trabajo de 1938 sólo indirectamente. Con la publicación de esta obra, además de abrirse el campo de investigación específico para los estudios críticos relacionados con la cuestión del trabajo durante el franquismo, se palía en buena medida la situación antes mencionada. Para quienes además de pretender un conocimiento eminentemente técnico acerca del hecho sienta interés por comprender esencialmente las condiciones ideológicas y culturales a partir de las que emergen estos derechos, encontrará en ella un camino exhaustivo y coherentemente desarrollado para conseguirlo.

Cuando el lector se encuentra ante Los derechos de los trabajadores en el franquismo apenas puede vislumbrar que tiene ante sí un trabajo de investigación que excede lo sugerido en el título. Este no desvela, ni seguramente se corresponde, con la magnitud del estudio que bajo él se desarrolla. Casi pareciera que cuando Ruiz Resa encabeza su obra con una expresión en cierto modo genérica sólo puede ofrecer en ella un tratamiento meramente expositivo de la regulación laboral del trabajador en el contexto del Régimen limitándose a dar cuenta de los hechos desde la postura analítica que considera ciencia exclusivamente aquel discurso sostenido por la isomorfía entre lenguaje y hecho. La autora, sin embargo, va más allá y a partir de la expresión «los derechos de los trabajadores en el franquismo» trasciende los postulados analíticos y desde una metodología discursiva de corte foucaultiano, que ella misma destaca, se adentra en la tan necesaria tarea de articular el saber a partir de los lenguajes y los modos de enunciación que legitiman una realidad; en este caso, la de la legislación laboral del Régimen.

La metodología discursiva, que aunque predominante no es la exclusiva de su estudio, permite a Ruiz Resa llevar a cabo un tratamiento del asunto de corte ontológico determinando como elementos esenciales sobre los que se sustenta el Régimen y que legitima la regulación laboral en el seno del mismo el lenguaje cultural y el lenguaje ideológico. La esencialidad cultural e ideológica del franquismo que la autora analiza como trasfondo ontológico, se hace patente ya a primera vista cuando decide denominar a los derechos de los trabajadores como «derechos socio-laborales». La inclusión de lo social en lo laboral hace evidente que Ruiz Resa encuentra una inherencia jurídica entre la norma y el contexto ontológico-social. Dicha inherencia queda plasmada a lo largo de toda la obra en el hacer depender la norma de un telos político que en el caso del franquismo se posibilita mediante el modelado concreto de la sociedad.

Si la metodología discursiva confiere a la obra de Ruiz Resa la cualidad de crítica historiográfica del Derecho del Trabajo en el Régimen franquista, el tratamiento ontológico resultante de la aplicación de dicha metodología conduce a una necesaria revisión por estratos de los elementos constitutivos del Fuero del Trabajo de 1938, revisión que la autora resuelve brillantemente en la selección de las referencias consultadas. Tal y como Ruiz Resa apunta, además de los textos jurídicos normativos y de los textos de doctrina jurídica, compone su elenco documental abundantes textos políticos y textos teóricos de otras ramas del conocimiento. El análisis de las referencias jurídico-normativas y de doctrina jurídica constituye el contenido historiográfico de la obra mientras que el estudio del legado político y de obras teóricas de otras ramas del conocimiento, como la Filosofía y la Política social, proporciona la dimensión cultural e ideológica. Tanto el estudio del legado político como el de obras teóricas de otras ramas del conocimiento son el punto de apoyo desde el que Ruiz Resa analiza el sentido y naturaleza a los derechos de los trabajadores y permite situar la obra además en el ámbito de la Filosofía del Derecho. La búsqueda de sentido y naturaleza de la regulación laboral durante el franquismo permite afirmar a Ruiz Resa que la «concepción de las relaciones entre individuo y sociedad» y la «solución de la cuestión social» es a su vez causa y telos del desarrollo de la política estatal y como pilar de la misma la política laboral durante el franquismo.

Estamos pues ante un trabajo de investigación con un carácter sintético en el que se aúnan los elementos historiográficos con la reflexión filosófica sobre el Derecho desde un enfoque lingüístico de análisis del problema sustentado en la identificación de una ontología ideológica y cultural. Todo ello aplicado a la regulación del derecho al trabajo durante el Régimen, lo que hace más comprensible la afirmación inicial que destacaba la modestia y la generalidad del título frente a la magnitud y especificidad de la obra.

De igual modo que ocurre con el título, el objetivo propuesto por Ruiz Resa para su obra queda superado por el contenido de la misma. Su intención de «analizar el tratamiento dado al trabajo y a los derechos derivados de él durante el franquismo» queda ampliamente conseguida en este estudio que, si antes fue considerado sintético en relación a la multidimensionalidad disciplinar empleada, ahora puede ser calificado de rigurosamente analítico por su modo de abordar el estudio. La autora, lejos de conformarse con ofrecer una descripción de la regulación laboral del franquismo lleva a cabo una disección desveladora de la ontología axiológica que atraviesa dicha regulación identificando la estructura categorial en la cual adquieren significado y por tanto legitimidad los derechos de los trabajadores. 

La clave de comprensión de dicha estructura categorial y, por ende, la clave de comprensión de la obra de Ruiz Resa, descansa en la redefinición que el Régimen llevó a cabo de la expresión «derechos de los trabajadores». El concepto de «derecho» en su sentido pleno va indisolublemente unido al de democracia por incluir la esencial condición de ciudadano y de constructor de la vida política; sin embargo, durante el franquismo se eludió dicha condición esencial para sustituirla por la condición de miembro de una comunidad constituida como un todo orgánico en la que el individuo queda subsumido a favor de una estructura ordenada que lo incluye a través de su trabajo. A lo largo de la Introducción, texto que merece destacarse por su coherencia expositiva en relación al resto de la obra, ya se hace hincapié en cómo los «derechos de los trabajadores servirán como instrumentos de control social, de reeducación y de redención para aquellos grupos sociales que suscitan desconfianza y rechazo (clase obrera, pobres, disidentes políticos, por aliarse con las ideologías contrarias al Régimen (socialismo, anarquismo, liberalismo)». Evidentemente, así concebido, el derecho al trabajo deja de ser el derecho a la proyección de la propia individualidad en la sociedad para convertirse en el derecho a identificarse con una pieza de un engranaje cuyo dinamismo está al servicio del telos definido por el dictador y los actores sociales que le legitiman. 

Así, la configuración de la expresión «derecho de los trabajadores» en el franquismo no fue un asunto menor. Por cuanto dicha configuración vertebraba el orden social imprescindible para mantener un gobierno autoritario Ruiz Resa la identifica como piedra angular en la consolidación y permanencia del Régimen y adquiere el estatus de eje transversal de las tres partes en las que la autora estructura su obra.

El modo como se institucionaliza el ámbito socio-laboral a partir de la utilidad sui generis conferida por el franquismo a los derechos del trabajador aparece analizado en la Parte I. Delimitación de la concepción socio-laboral del Régimen franquista: cronología e ideología. La esencialidad propia del análisis de Ruiz Resa en su obra y sobre la que se ha venido incidiendo, queda patente en un tratamiento de los datos en los que no da ninguna verdad por sentada. El estudio del marco en el que se llevó a cabo la institucionalización del ámbito laboral es un repaso exhaustivo por las fases de la dictadura, la ideología dominante y la compleja síntesis franquista entre utopía tradicionalista y revolución social que intenta, y desde luego consigue, responder a preguntas como 

¿De dónde surge este discurso ante el trabajo y sus derechos, erigido en norma jurídica cuando todavía se estaba en plena guerra civil, y con antelación a cualquier otra previsión institucional? ¿Difería del que existía con anterioridad? ¿Cómo se concretó y qué eficacia tuvo? ¿Permaneció en estos trámites a lo largo de los años que duró el Régimen franquista? ¿Qué pensaban de él quienes apoyaron a Franco? (p. 12).

Ruiz Resa logra transmitir la pertinencia de dedicar la atención a las diversas formas de considerar las fases de la dictadura, a la ideología dominante y a la síntesis entre utopía tradicionalista y revolución social como factores decisivos en la configuración del mapa del nuevo territorio delimitado por hechos como la institucionalización laboral en el franquismo, la promulgación del Fuero del Trabajo de 1938 y las diversas evoluciones que experimentó la política del Régimen y que inevitablemente condicionaron el rumbo de los derechos de los trabajadores. Lejos de ser una atención generalista e introductoria, la que dedica la autora a los mencionados factores reconduce la mirada del lector hacia los personajes, organizaciones, hechos políticos, tradiciones ideológicas y fenómenos sociales que desembocaron en una concepción del trabajo en la que se pretendía integrar 

todo dualismo o enfrentamiento a través de la absorción coactiva del individuo por la totalidad, modus operandi característico de los totalitarismos, los cuales se presentaban como fórmulas nuevas y superadoras de la “decadente” democracia liberal o socialdemócrata (p. 116).

En la Parte II. El trabajo en el Derecho: ideología y manifestaciones en la legislación y doctrina jurídica del régimen franquista se hace especialmente patente de qué manera el Régimen descansó, en buena parte, sobre una sociedad ordenada y prácticamente «redimida» a través del trabajo. La consolidación del estado totalitario franquista confirió un protagonismo muy destacado a las corporaciones sociales que estructuraban la sociedad en estamentos —familia o Iglesia— y el ámbito laboral en el Sindicato Vertical, las Cortes orgánicas y los Jurados de Empresa. Ruiz Resa detalla cómo la ideología que sustentaba la unidad en el trabajo tan necesaria para asentar la unidad en el Régimen pasaba por inocular en la regulación laboral la ideología del nacionalsindicalismo y del nacionalcatolicismo así como la superación del individualismo a favor del organicismo. El resultado, unos derechos del trabajador 

inspirados, por una parte, en los valores cristianos tradicionales de justicia social armónica y restauradora, dignidad de la persona humana y protección de la familia tradicional católica; y por otra, en la necesidad que tenía el Régimen de garantizar la paz social... por necesidad de supervivencia (p. 295).

Finalmente, el estudio de la ontología jurídica de los derechos de los trabajadores en el franquismo se lleva a cabo en la Parte III. El alcance de los derechos socio-laborales: modelo teórico y diseño legal. Bajo la ideología franquista y la necesidad de pervivencia del régimen late un 

modelo jurídico de derechos de carácter metafísico y antiguo, que los convierte en medios para una finalidad que no es la emancipación del individuo frente a servidumbres políticas o sociales, sino la restauración del orden divino alterado, orden que se considera objetivo y necesario (p. 349). 

Un modelo que emana del iusnaturalismo por reconocerse en él el modo de recuperar la esencia nacional, perdida durante la II República, y de consolidar la unidad clave para la pervivencia del régimen.

Si bien a lo largo del texto Ruiz Resa se esfuerza, con éxito, por destacar todo cuanto sirve para contraponer el diseño legal del autoritarismo propio del Régimen con el constitucionalismo social, será en esta tercera parte donde lo haga más explícitamente. El fascismo débil y el tradicionalismo religioso condujeron al modelo teórico de los derechos calificado como «cartismo social autoritario». La consistente identificación y descripción de este «nuevo» cartismo permite a la autora poner en relieve la continua reconfiguración del lenguaje franquista que, si en apariencia confiere relevancia al ser humano como sujeto de derechos en realidad, encierra un «holismo de tipo corporativista, organicista y armonicista que rechaza la consideración del sujeto titular de los derechos como individuo opuesto a la sociedad y el Estado» (p. 406).

Cierra esta tercera parte un capítulo dedicado al alcance de los derechos socio-laborales donde se refleja el impacto de la regulación laboral franquista sobre los trabajadores. El Fuero del Trabajo no sólo incidió sobre la forma de trabajar y de entender el trabajo sino en la configuración de la vida familiar y social, como por otra parte se pretendió: 

la justificación final de estos derechos no fue sólo el amor, la caridad o la justicia social sino que, como ocurría con los derechos en general, se tratará del cumplimiento de los deberes que el orden del universo impone a los seres humanos en relación con su lugar dentro de las comunidades en que nace (familia, corporación laboral o profesional, Patria) sin olvidar las finalidades específicas (armonía social o protección de la familia) a las que respondieron muchos de estos derechos (p. 447). 

La mención específica de este capítulo número nueve y final de la obra de Josefa Dolores Ruiz Resa y su referencia como conclusión de la presente reseña obedece a la reflexión que representa sobre cómo se definieron las vidas de los españoles a través del derecho al trabajo.

Comments are closed.